La sociedad se constituyó el día 29 de octubre de 2014 ante el notario Valentín Concejo Arranz, notario del Ilustre Colegio de Las Palmas. Está inscrita en el Registro Mercantil de Las Palmas de Gran Canaria al folio 130 del tomo 2098, hoja GC-48936, inscripción 1ª
La sociedad tiene como objeto social la explotación de bares, restaurantes, cafeterías, pubs, discotecas, salas de fiesta y pizzerías, y la gestión de salas de espectáculo. La prestación de servicios de hostelería, gestión, administración, y explotación de hoteles, bungalows, apartamentos, chalets, urbanizaciones y demás alojamientos hoteleros o extrahoteleros, alojamientos turísticos, alojamientos de corta estancia, campings y aparcamiento para caravanas. La promoción, construcción, compra, venta o arrendamiento de parcelaciones, urbanizaciones, viviendas, apartamentos, chalets, dúplex, locales comerciales, almacenes, naves industriales o realizaciones inmobiliarias incluso viviendas de protección oficial. Los servicios de publicidad. Los servicios de relaciones públicas y comunicación. Los servicios de marketing telefónico y por internet, además del servicio denominado “call center” o de recepción de llamadas telefónicas por cuenta de terceros.
La actividad principal de la entidad consiste en la explotación de locales de restauración en la zona de Playa del Inglés, en el municipio de San Bartolomé de Tirajana. El personal y la gerencia de la entidad tienen una vasta experiencia en el sector turístico y de restauración, y sus operaciones se concentran en la zona sur de la isla de Gran Canaria, donde actualmente la sociedad explota un restaurante.
Normativa aplicable a la entidad:
La información financiera se basa en publicar en el portal de transparencia de la web las últimas Cuentas Anuales de la sociedad. Dado que las Cuentas Anuales de 2021 puede que aún no estén depositadas. Se recomienda usar:
En el supuesto de que la sociedad esté obligada a auditarse, será recomendable publicar junto a las CCAA los informes de auditoría.
La sociedad no tiene actualmente ningún contrato formalizado con entidades públicas.
Proyecto cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional como parte de la respuesta de la Unión Europea a la pandemia de COVID-19: Línea 2 Subvenciones dirigidas al mantenimiento de la actividad de personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas, se los sectores más afectados por la crisis derivada de la COVID-19.
NORMATIVA DE APLICACIÓN:
Apartado 2.2ª) Anexo XII del Reglamento UE) No 1303/2013 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de diciembre de 2013 por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) número 1083/2006 del Consejo”.
Avenida de Tirajana 24, Aptos Iguazu
35100, Playa del Inglés, Gran Canaria
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